La Ley 20.255 que reforma el Sistema de Pensiones, publicada en el Diario oficial el 27 de marzo de 2008, introduce perfeccionamientos a los tres pilares que lo conforman-Pilar Solidario, Pilar Obligatorio y Pilar Voluntario, con el fin de lograr un sistema integrado y coordinado que asegure la protección social a cada uno de los ciudadanos del país.

Dentro de estas modificaciones, define el objeto de la Asesoría Previsional como el otorgamiento de información a los afiliados y beneficiarios del Sistema de Pensiones, considerando de manera integral todos los aspectos que dicen relación con su situación particular y que fueren necesarios para adoptar decisiones informadas de acuerdo a sus necesidades e intereses, en relación con las prestaciones y beneficios que contempla esta ley. Se crea el Registro de Asesores Previsionales, que mantienen en forma conjunta las Superintendencias de Pensiones y de Valores y Seguros, en el cual deben inscribirse las personas o entidades que desarrollen la actividad de asesoría previsional.

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