Como se puede acceder a una pensión anticipada por enfermedad terminal

Pese a ser un tipo de pensión al que los afiliados pueden acceder, varias personas desconocen el proceso para hacer efectivo este beneficio.

A continuación, en el siguiente artículo te explicamos cómo obtenerlo.

¿En qué consiste esta pensión anticipada?

Se trata de una Renta Temporal durante 12 meses, financiada con el saldo en la cuenta de ahorro previsional.

El monto de la pensión a recibir durante esos 12 meses depende de los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual, más el aporte adicional si al momento de solicitar la pensión la persona se encuentra activa y cubierta por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

Además, la ley ofrece la posibilidad de ajustar el monto de la pensión mensual a recibir para retirar el Excedente de Libre Disposición, que corresponde a los fondos que no son utilizados para financiar la pensión de 12 meses.

La ley contempla que, luego del período de 12 meses, la pensión de Renta Temporal se continuará pagando, usando el saldo reservado para las pensiones de sobrevivencia y la cuota mortuoria, si corresponde.

Y en caso de que el pensionado por enfermedad terminal ya no disponga de fondos en su cuenta obligatoria, puede optar por una Pensión Garantizada Universal, siempre y cuando cumpla con los requisitos: tener más de 65 años, residir en Chile al menos por 20 años y contar con una pensión base menor a $1.114.446.

¿Existe una sola modalidad de pago de la pensión anticipada por enfermedad terminal?

Según explica la Asociación de AFP, la respuesta es no. Existen dos posibilidades a las que puede optar una persona pensionada por enfermedad terminal, dependiendo de su ahorro previsional:

  • Destinar la totalidad de sus ahorros previsionales a financiar los 12 meses de pensión mensual.
  • Aquellas personas cuyos ahorros previsionales financien una pensión mayor a $206.173 (valor de la Pensión Garantizada Universal, PGU), pueden optar por rebajar su pensión al valor de la PGU o incluso a uno mayor, pero menor que la pensión que obtendrían si destinaran la totalidad de su ahorro previsional a financiar los 12 meses de pensión para retirar los fondos restantes como Excedente de Libre Disposición.

Las personas que se han pensionado entre abril 2021 y marzo 2023 han recibido mensualmente una pensión promedio de renta temporal por enfermedad terminal equivalente a $816.309.

Con base en datos estadísticos de la Superintendencia de Pensiones, la mitad (51%) de los pensionados por enfermedad terminal ha optado por reducir el monto de su pensión para optar al retiro de excedentes de libre disponibilidad. El excedente de libre disposición determinado a pagar asciende en promedio a UF 771 ($27.439.961) por pensionado por enfermedad terminal.

¿Quiénes pueden acceder a las pensiones anticipadas por enfermedad terminal?

  • Todos los/as afiliados/as a una AFP.
  • Todos los pensionados por vejez anticipada, invalidez o beneficiarios de pensión de sobrevivencia por las modalidades de retiro programado, retiro programado con renta vitalicia inmediata o renta temporal con renta vitalicia diferida, en estos dos últimos casos, sólo mientras la pensión que reciben sea por retiro programado o renta temporal, respectivamente.
  • Todos los pensionados por la ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

De acuerdo con información disponible a marzo de 2023, del total de pensionados por enfermedad terminal, un 62% correspondía a afiliados activos, un 19% a pensionados por vejez, un 18% a pensionados por invalidez y sólo un 1% a beneficiarios de pensión de sobrevivencia.

¿Cómo se realiza el trámite?

Alejandra López, gerenta de Proyectos de la Asociación de AFP, explicó que “para optar a la pensión anticipada por enfermedad terminal, la ley establece que la enfermedad sea calificada como terminal por un centro médico”.

“Una enfermedad terminal se define como una enfermedad o condición patológica grave que haya sido diagnosticada, de carácter progresivo e irreversible, sin tratamiento específico curativo o que permita modificar su sobrevida, o bien cuando los recursos terapéuticos utilizados han dejado de ser eficaces”, agregó la gerenta.

Si se cumple con ese antecedente, la persona debe obtener un certificado médico que acredite su condición de salud, emitido por su médico tratante y firmado por el director médico del establecimiento de salud público o privado en que se atiende, a través de esta página web.

A continuación, el solicitante debe hacer la solicitud de pensión de enfermos terminales en la página web de su AFP y adjuntar una autorización para que el Consejo Médico, que depende de la Superintendencia de Pensiones, revise su ficha clínica.

Una vez aceptada la solicitud de la Pensión Anticipada para Enfermo Terminal, el primer pago de pensión se realizará a más tardar al cuarto día hábil, luego de recibida la certificación del Consejo Médico a quienes no tienen derecho a optar por el Excedente de Libre Disposición (ELD).

Mientras que los afiliados cuyos fondos sean suficientes para el financiamiento de ELD, el primer pago de pensión se realizará el cuarto día hábil luego de haber decidido el monto de la renta temporal y del excedente de libre disposición.

Como esta pensión está dirigida a personas que se encuentran en condiciones de salud delicada, se ha dispuesto que existe prioridad en la solicitud, atención, orientación y tramitación para todos quienes soliciten este beneficio, que no tiene ninguna comisión o costo asociado para los afiliados y pensionados.

Fuente: pagina7.cl

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